domingo, 14 de septiembre de 2008

ACERCA DEL PROBLEMA DE LA “EMANCIPACIÓN HUMANA” EN LA CUESTIÓN JUDÍA DE MARX .

La discusión[1] acerca del pueblo Judío aborda a Marx en una época en la que la intervención de las creencias religiosas (cristianas, básicamente) en el Estado se hacía cada vez más marcada. En estos términos, Marx aclara que el Estado cristiano, en cuanto tal, “solo reconoce privilegios”, es decir, que por el hecho de estar sujeto a la orientación de unas creencias religiosas, solo legitima a su pueblo en tanto acorde con estas creencias.

Así, el judío, que en la nación prusiana abarcaba gran porcentaje de la población, se veía excluido de aquellos privilegios (entre otras cosas, políticos) que concedía el Estado. No obstante los judíos, en consonancia con su orientación religiosa –la de “pueblo elegido de Dios”-, si bien exigían para sí los privilegios del Estado cristiano, no por ello se sometían a sus obligaciones frente al Estado; considerándose, de esta forma, una nación independiente.

Así planteado el problema, queda claro que a la crítica de la “cuestión judía” solo restaba abordarlo en términos de un Estado de privilegios, uno que –para Marx- aun seguía sin poder considerarse el Estado real, emancipado. La solución que plantea Bruno Bauer al respecto cae pues en el conflicto de la abolición total de la religión: ya no como judíos y cristianos sino como Sociedad Civil y, de manera consecuente, ya no como un Estado de privilegios sino como un Estado político. Pero el problema que encuentra Marx está en la “emancipación política misma”. Veamos.

Si colocamos el problema solamente en términos de al Estado de la religión, la religión misma no quedaría de esta forma abolida, simplemente caería en la esfera de “lo privado”; con ello, múltiples religiones se legitimarían a sí mismas con todas sus prácticas bajo la figura del “derecho privado”. Para Marx, quedaría aun por resolver el asunto de la emancipación humana.

Miremos entonces de qué forma las prácticas religiosas particulares, legalizadas bajo el “derecho privado”, se convierten en obstáculo durante el proceso de la emancipación humana; esto para comprender el judaísmo en su problema fundamental. Como desde la Crítica de la Filosofía del Estado lo viene anotando, Marx encuentra una ruptura en la relación Estado-Sociedad Civil. En el primero se considera al hombre como un ser colectivo, un sujeto político; mientras que, en la segunda, el hombre se entiende en sus diferencias de relación frente al Estado. En dichas diferencias el hombre se comporta como un ser egoísta, “ve en los hombres medios suyos, se degrada a sí mismo como medio de los otros y se convierte en juguete de poderes extraños” (p. 470). Para Marx, la religión en tanto “espíritu de la Sociedad burguesa” (sociedad civil), coloca al hombre en una situación de lucha constante no por la igualdad, sino por la diferencia. Como de igual forma lo ha analizado Marx, el modelo de Estado de su época (monarquía constitucional) otorgaba la primacía del poder al soberano (rey); no obstante, la consideración teológica de dicho poder colocaba a la divinidad como benefactor. (El poder del Rey era otorgado por Dios).

La sociedad burguesa se erigió sobre las bases del modelo de Estado cristiano. Pero este “Estado democrático”[2], que tiene como pilar el sustento teológico del cristianismo, no puede –según Marx- considerarse como el Estado real dado que su fundamento lógico no es consecuente con la idea legal de relegar las contradicciones religiosas al ámbito privado y colocarlas en disputa: un Estado con fundamento humano no considera al hombre de la sociedad civil en sus diferencias (políticas, religiosas…) sino en su esencia (ser genérico). “el llamado Estado cristiano… adopta un comportamiento político hacia la religión y un comportamiento religioso hacia la política” (p. 473).

Con lo anterior, Marx ve que el problema de los judíos radica en su necesidad de emanciparse políticamente sin concebir, por ello, la posibilidad de emanciparse humanamente. Pero este problema no radica, a su vez, en el judío mismo sino en las posibilidades políticas de la emancipación humana.

Los “derechos humanos”, forjados en el advenimiento de la sociedad burguesa, tienen como fundamento lógico la consideración del hombre como “sujeto político”, es decir, como individuo abstracto en su relación con el Estado; que, sin embargo, como sujeto concreto en la sociedad civil, se entiende en sus diferencias[3]. “como vemos, el derecho humano de la libertad no descansa sobre la unión del hombre con el hombre, sino que se basa, por el contrario, en la separación entre los hombres. Es el derecho a disociarse, el derecho del individuo aislado, limitado a sí mismo” (p. 478).

Según Marx, el derecho de la liberté, forjado en el seno de una revolución no humana sino política, es la visión apologética de la propiedad privada. En ella, el hombre se encuentra en fuerte competencia con el otro en cuanto al disfrute de su “patrimonio” y la posibilidad de incrementarlo a través de ese otro. Es pues el hombre, en estos términos, un obstáculo para el mismo hombre en el proceso de “realización” de su libertad. Este derecho privado, como espíritu de la sociedad burguesa, difiere sustancialmente de cualquier proyecto de emancipación humana, de la búsqueda del hombre como un verdadero ser social; contrario a esto, el hombre se aparta de la sociedad en su “interés privado” y se “mantiene en cohesión” con ésta solamente en aras de “la necesidad natural, la necesidad y el interés privado, la conservación de su propiedad y de su egoísta persona” (p.480). Marx prueba, con todo lo anterior, que la emancipación política materializada en la sociedad burguesa, lejos de contribuir en la búsqueda del hombre como ser genérico, ha logrado alejarlo aun más de su naturaleza como ser social, a un individuo egoísta.

Ahora bien, el espíritu del judaísmo es, según Marx, “la necesidad práctica, el egoísmo”. Un egoísmo que se alimenta en la condición “oprimida y humillada” de su pueblo; y, a su vez, un egoísmo que se justifica en el espíritu acabado de la sociedad burguesa, en el “derecho privado” (enajenaciones religiosa y política respectivamente). Tal “derecho privado” es legalizado por el carácter cristiano del Estado (aquel que, como ya se dijo, sustenta su legitimidad en el poder divino otorgado por Dios, pero deja el aspecto propiamente religioso a la esfera privada de la sociedad civil). Por tanto, dirá Marx, “el judaísmo llega a su apogeo en la coronación de la sociedad burguesa; pero la sociedad burguesa solo se corona en el mundo cristiano” (p.489), en el Estado de privilegios.



[1] Este artículo se realizó en coautoría con el estudiante de sociología Jairo Enrique Hoyos Bedoya en el marco del Grupo informal de estudios sobre Marx conformado este año en la Facultad de Ciencias Jurídicas y sociales de la Universidad de Caldas.

[2] Que es la forma de la monarquía constitucional.

[3] Se entiende como soberano replegado en sí mismo, es decir, como independiente en sus derechos frente al otro.

No hay comentarios: