domingo, 14 de septiembre de 2008

Acerca De La "Crítica De La Filosofía Del Estado De Hegel" (Marx).

La crítica a la filosofía del Estado de G.W.F. Hegel surge básicamente como una inquietud del “joven Marx” por el desarrollo, por una parte de la filosofía idealista como corriente neo-hegeliana y por otra, como respuesta teórica al proyecto de Estado que Hegel elabora, obviamente, con base en la forma más avanzada del Derecho y del Estado conocido para su época[1] (la monarquía constitucional); lo cual en tiempos de Marx, empero, tomaba unos matices bastante difusos. Así, Marx entrará a discutir con Hegel el sustento empírico de que carece su análisis de las formas del Estado. Veamos

El Estado está compuesto por hombres “reales y concretos” que en sus formas históricas de organizarse establecen parámetros de organización política sujetos igualmente a condicionamientos histórico-geográficos; por tanto el Estado surge de ellos como condición real empírica. Hegel, por su parte, supone el Estado como “Espíritu real infinito” cuya finitud (o concreción) solo puede hallarse en la familia y en la sociedad civil. Aquello que, según la opinión de Marx, es verdaderamente una relación real de los hombres entre sí y con la naturaleza, aparece pues, en Hegel, como un simple fenómeno o como una simple manifestación accidental.

Con esto, Marx critica el que Hegel haya partido, en su sistema lógico, de la Idea del Estado como el Ser real; de aquí que su argumentación deba descansar en el “predicado abstracto”, contrariamente de si hubiese partido del Estado como “fin general”, es decir, como interés sustancial del sujeto real, que tendría como predicado lógico la realización material de su existencia[2].

Esta existencia del Estado como realidad separada de la vida social es el problema fundamental que encuentra Marx en los planteamientos de la “filosofía del derecho”. Hegel ve en la soberanía (la persona del Rey) la verdadera esencia del Estado; en Marx, por el contrario, la atención se centra en la verdad del pueblo como realidad concreta. El problema de que Hegel entienda la “individualidad particular” como contrario al sujeto político abstracto, es decir, al Estado, es que olvida –según Marx- el hecho de que al sujeto político le es inherente su “cualidad social”, y que es precisamente la realidad del sujeto social el fin último del Estado. Hegel mostrará pues como diferentes dos condiciones propias del hombre en su condición social y política: la “existencia humana” frente a la “existencia legal”. Ya volveremos sobre esto.

Otro problema fundamental que encuentra Marx aquí es que, si bien Hegel afirma que el monarca, como sujeto abstracto, es la “autodeterminación” del Estado, “la personalidad del Estado”, restringe dicha autodeterminación, como forma del Estado al simple contenido del “yo quiero” como personalidad real, como voluntad. Hegel reduce el carácter social (de “muchos individuos”) del Estado a la voluntad del monarca: “si el soberano es la ‘real soberanía del Estado’ ‘el soberano’ tendría que poder aparecer extrínsecamente como un ‘Estado independiente’, sin el pueblo. Pero si el soberano, en cuanto representa la unidad del pueblo, solo es por lo tanto representante, símbolo de la soberanía del pueblo, la soberanía del pueblo no es expresada mediante él, sino a la inversa, él mediante ella” (p. 38). Marx denuncia aquí la mistificación del Estado Hegeliano, del Estado burgués visto a través de él; aquel en el cual la soberanía real del pueblo tomada como todo (masa) no coincide con la soberanía arbitraria del monarca constitucional. Afirma pues Marx que el carácter monárquico del Estado restringe la relación de forma y contenido que existe en el Estado mismo como “síntesis de múltiples determinaciones” o singularidades reales presentes en el pueblo. Esta es la verdad “lógica” de la democracia: “en la monarquía tenemos el pueblo de la constitución; en la democracia, la constitución del pueblo” (p.40). Para Marx la democracia, a diferencia de la monarquía, representa verdaderos forma y contenido de la relación Estado-Sociedad civil[3]. Aclara entonces Marx el cómo de que sea precisamente el hombre, como ser concreto y real, y a través de sus relaciones de carácter social e histórico, quien elabora una “abstracción” de códigos políticos que se sintetizan en la constitución regida por un sistema político donde el poder del pueblo está en sí mismo: la democracia[4]. La crítica que Marx sigue a esto es que el Estado burgués continua siendo un “Estado político” (sometido a esta alienación) demasiado alejado aún de lo que él concebía como un “Estado Real”.

Hegel establece un distanciamiento entre el Estado y la Sociedad Civil: por una parte coloca al Estado como espíritu universal del “interés general”, es decir del pueblo (la sociedad civil); no obstante, analiza Marx, para brindarle un sustento empírico a su argumentación lógica, Hegel apela a la persona del monarca como “voluntad” autodeterminadora del Estado. De esta forma, el “interés general” queda subsumido a la arbitrariedad del soberano: las esferas de la Sociedad Civil y la Familia aparecen completamente distanciadas del Estado por cuanto, según Marx, en términos reales y concretos, es poco probable que un solo individuo pueda asumir como propios los intereses de la Sociedad Civil, o que, en otros términos, la voluntad de la Sociedad Civil como interés general pueda expresarse a través de la singularidad del monarca al que Hegel atribuye la facultad del “yo quiero” como espíritu factico del Estado. De aquí que la relación Estado-Sociedad Civil se encuentre mediada por el carácter burocrático de la división de poderes quienes, sin embargo, están sujetos a la decisión del soberano por lo arriba mencionado.

Continuando con la argumentación, y en su búsqueda por establecer una “identidad” concreta entre Estado y Sociedad Civil, Hegel resuelve el problema estableciendo la posibilidad de que el ciudadano ingrese en la esfera del Estado para actuar en pro de los intereses del soberano[5] con lo que insiste –según Marx- en abrir la brecha entre esta relación. Así pues, para que el funcionamiento del Estado y de la división de sus poderes permanezca de esta forma frente a la Sociedad Civil, Hegel da por “supuesto” el que la constitución que rige al Estado surge como condición necesaria, es decir, previa al mismo. De lo que deduce Marx que el surgimiento o modificación en la constitución de un Estado no obedece a una necesidad abstracta independiente o sujeta a la voluntad singular del soberano como espíritu universal del Estado. Por el contrario, para que la constitución se establezca como el motor dinámico del Estado debe estar sujeta a la voluntad del espíritu real concreto de la misma a saber: el pueblo (la Sociedad Civil). “El poder legislativo no crea la Ley; no hace mas que descubrirla y formularla” (p. 74).

Hegel asume como síntesis entre el Estado y la Sociedad civil a las clases por cuanto, diferente a la burocracia, aquellas establecen una relación de restricción frente al Estado de manera que el poder del soberano se orienta por el interés de un número de colectividades o esferas dentro de la Sociedad Civil que se organizan en un orden jerárquico (¡). Es en este punto donde Marx analiza que el interés general del Estado real, del pueblo, se fragmenta en intereses de clase que se satisfacen bajo el “apoyo” legal de un Estado político aislado de los intereses reales del hombre sin calificativos políticos (búsqueda del ser genérico).

El problema que encuentra pues Marx en la “constitución de las clases” (clase política, privada, es decir Estado y Sociedad Civil) realizada por Hegel es, precisamente, que esta separación coloca al individuo en una posición de extrañamiento, en tanto perteneciente a las dos esferas, de su naturaleza como ser social y político[6].

El principio básico que desarrolla Hegel a partir de la constitución del Estado en clases, centra su atención en lo que para él es la forma más acabada del estado moderno, a saber, la propiedad privada, por cuanto en ella la condición de ciudadano frente al Estado está dada por una relación de intereses de dependencia: “la ‘alienabilidad’ de la propiedad privada es al mismo tiempo la del libre arbitrio general y de la moralidad social. Aquí la propiedad no es más ‘en tanto que pongo en ella mi voluntad’, sino mi voluntad es ‘en tanto que ella está colocada en la propiedad” (p. 126). Aquí la crítica de Marx se enfoca precisamente en el hecho de que si se considera la legislación como médium entre la voluntad del soberano y el “interés general”, se subsuma dicho interés general a la “inalienabilidad” del derecho privado, es decir a la voluntad individual.

En esta relación de intereses encuentra Marx otro conflicto o contradicción sustancial en el tipo de Estado que analiza Hegel, y es precisamente, el carácter de ordenamiento del poder político a través de las formas hereditarias (mayorazgo) o condicionamientos de clase, cuando el papel del pueblo como Estado real es el de sintetizar en su voluntad universal el “espíritu del Estado”, el soberano. “Por lo tanto –dirá Marx- es el consentimiento y no el nacimiento el que hace al Rey” (p. 132); he ahí el papel de la democracia que pretende rescatar Marx en la concepción del Estado real, y que desarrollará en escritos posteriores con el establecimiento del llamado “socialismo científico”.

Por ahora permitamos que el mismo Marx elabore la conclusión: “Aquí no se trata de saber si la Sociedad Civil debe ejercer el poder legislativo por medio de delegados o si todos deben participar individualmente en el mismo, sino que se trata de la extensión y de la generalización tan grande como sea posible, de la elección del derecho del sufragio activo como pasivo.



[1] Como veremos más adelante esta forma es la base del método dialectico que el mismo Marx abordará para su estudio.

Nota: El presenta artículo ha sido elaborado de manera conjunta con Jairo Enrique Hoyos Bedoya en el marco del Grupo informal de estudios sobre Marx conformado este semestre en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Caldas.

[2] Considera Marx que el papel de la lógica está pues en su capacidad para dar cuenta de la realidad: un “interés general” como fin del Estado, “los diversos poderes como realización” de dicho fin, etc.

[3] “Hegel [en su justificación lógica de la monarquía] parte del Estado subjetivado; la democracia parte del hombre y hace del Estado el hombre objetivado” (p. 40)

[4] Nótese una diferencia sustancial en la forma de abordar el objeto de estudio (teoría) en Marx y Hegel. Si bien el método dialéctico es igual en ambos autores, Hegel parte del universal abstracto como primer momento (Estado) para luego descender a formas mas concretas como el soberano, la división de poderes, la burocracia, las clases, la familia… en Marx el abordaje se hará completamente a la inversa.

[5] “La posibilidad ofrecida a todos de adquirir el derecho a participar en otra esfera, solo muestra que su propia esfera no es la realidad de este derecho” (p. 65).

[6] La llamada “alienación política” no puede resolverse sino mediante la superación de la “alienación social”, pues ve Marx que es la diferencia de clases la causa del poder estatal y la opresión del sistema capitalista.

2 comentarios:

LUCINFERNAL dijo...

QUE TAL AMIGO MUY BUENAS TARDES TU TRABAJO ACERCA DE LA CRITICA A LA FILOSOFÍA DEL ESTADO ES MUY BUENO Y ME AYUDO PERO NO LE ENTIENDO UN PÁRRAFO SERIAS TAN AMABLE DE EXPLICÁRMELO.

"El sujeto es aquí la necesidad en la idealidad, la inminencia de la idea. El predicado la convicción política y la constitución política. Traducido en cristiano, la convicción política es la sustancia subjetiva del estado y la constitución política en la substancia objetiva del mismo. Por consiguiente, el este del desarrollo lógico de la familia y la sociedad porque esa hasta el estado es pura apariencia; y, en efecto, tampoco se hallan explanadas la relación y coherencia de convección familiar y burguesa, monto con sus instituciones como tales, con la convicción y la constitución políticas."

LUCINFERNAL dijo...

lo que te escribí venia en el libro de Critica de la filosofía del estado de Hegel de el "libro obras de Marx y Engels (ome)No: 5"